lunes, 13 de noviembre de 2017

Aclarado queda





Existe en Sevilla una polémica en torno la actuación de las monjas franciscanas clarisas de Santa Inés y la Junta de Andalucía con motivo de la restauración del órgano de su capilla. La Junta de Andalucía sostiene que las monjas han vulnerado la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación con las actuaciones llevadas a cabo en el órgano del coro bajo de la Iglesia del Convento y sostiene que la intervención en dicho bien está sometida al régimen de autorización previa por parte de la Administración competente en materia de patrimonio histórico ya que el órgano pertenece al convento de Santa Inés, fundado en 1374 por María Coronel y declarado Bien de Interés Cultural y Monumento Histórico-Artístico en 1983. En este sentido, El Correo de Andalucía nos pone en antecedentes: “El 11 de enero de este año la Fundación Alqvimia Musicae, que para entonces tenía poco más de un año de vida, pues el próximo mes de diciembre cumplirá su segundo aniversario, inició un proyecto para restaurar el órgano del convento de Santa Inés que inspiró a Gustavo Adolfo Bécquer su leyenda ‘Maese Pérez el organista’. Ante su grave deterioro, la priora de esta comunidad de monjas de clausura,  Rebeca Cervantes, autorizó al frente de los trabajos al músico Abraham Martínez, fundador de Alqvimia. El órgano de Santa Inés se desmontó y se desplazó el mismo 11 de enero al taller de restauración de Jorge Anillo en Alcalá del Río (Sevilla). Alqvimia anunció a los medios que se haría cargo del 75% del importe total de la intervención y que ésta quedaría a cargo de un equipo de especialistas bajo la dirección de Abraham Martínez, que había trabajado para la diócesis de Sevilla y la Catedral de Jerez así como en la restauración en 2011 del órgano de la parroquia de Alcalá del Río”. En consecuencia, la Junta de Andalucía ha iniciado los trámites de un expediente sancionador a las monjas responsables del Convento de Santa Inés, donde se estima una sanción de 20.000 euros por el traslado el órgano al taller de restauración de Jorge Anillo y de 150.000 por llevar a cabo la restauración integral del órgano y de todos sus elementos sonoros y mecánicos sin la autorización previa. La Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, en su artículo 145.1 establece que “las personas propietarias, titulares de derechos o simples poseedoras de bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, además de las obligaciones establecidas en otros preceptos, deberán, antes de efectuar cualquier cambio de ubicación de dichos bienes, notificarlo a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico” (en este caso a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta). Sólo se exceptúa de esta obligación el cambio de ubicación dentro del mismo inmueble en el que esté el bien”. Del mismo modo, el artículo 45.1 establece que “los bienes muebles inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico como Bien de Interés Cultural no podrán ser sometidos a tratamiento alguno sin autorización expresa de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico”. Aclarado queda.

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