Existe en Sevilla una polémica en torno la actuación de las
monjas franciscanas clarisas de Santa Inés y la Junta de Andalucía con
motivo de la restauración del órgano de su capilla. La Junta de Andalucía sostiene
que las monjas han vulnerado la
Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de
Andalucía, en relación con las actuaciones llevadas a cabo en el órgano del
coro bajo de la Iglesia
del Convento y sostiene que la intervención en dicho bien está sometida al
régimen de autorización previa por parte de la Administración
competente en materia de patrimonio histórico ya que el órgano pertenece al
convento de Santa Inés, fundado en 1374 por María Coronel y declarado Bien de Interés Cultural y Monumento
Histórico-Artístico en 1983. En este sentido, El Correo de Andalucía nos pone en antecedentes: “El 11 de enero de
este año la Fundación Alqvimia Musicae, que para entonces tenía poco
más de un año de vida, pues el próximo mes de diciembre cumplirá su segundo
aniversario, inició un proyecto para restaurar el órgano del convento de Santa
Inés que inspiró a Gustavo Adolfo
Bécquer su leyenda ‘Maese Pérez el
organista’. Ante su grave deterioro, la priora de esta comunidad de monjas
de clausura, Rebeca Cervantes, autorizó al frente de los trabajos al músico Abraham Martínez, fundador de Alqvimia. El órgano de Santa Inés se
desmontó y se desplazó el mismo 11 de enero al taller de restauración de Jorge Anillo en Alcalá del Río
(Sevilla). Alqvimia anunció a los
medios que se haría cargo del 75% del importe total de la intervención y que
ésta quedaría a cargo de un equipo de especialistas bajo la dirección de Abraham
Martínez, que había trabajado para la diócesis de Sevilla y la Catedral de Jerez así
como en la restauración en 2011 del órgano de la parroquia de Alcalá del Río”.
En consecuencia, la Junta
de Andalucía ha iniciado los trámites de un expediente sancionador a las monjas
responsables del Convento de Santa Inés, donde se estima una sanción de 20.000
euros por el traslado el órgano al taller de restauración de Jorge Anillo y de
150.000 por llevar a cabo la restauración integral del órgano y de todos sus
elementos sonoros y mecánicos sin la autorización previa. La Ley de Patrimonio Histórico de
Andalucía, en su artículo 145.1 establece que “las personas propietarias,
titulares de derechos o simples poseedoras de bienes inscritos en el Catálogo
General del Patrimonio Histórico Andaluz, además de las obligaciones
establecidas en otros preceptos, deberán, antes de efectuar cualquier cambio de
ubicación de dichos bienes, notificarlo a la Consejería competente
en materia de patrimonio histórico” (en este caso a la Delegación Territorial
de Cultura, Turismo y Deporte de la
Junta). Sólo se exceptúa de esta obligación el cambio de
ubicación dentro del mismo inmueble en el que esté el bien”. Del mismo modo, el
artículo 45.1 establece que “los bienes muebles inscritos en el Catálogo
General del Patrimonio Histórico como Bien de Interés Cultural no podrán ser
sometidos a tratamiento alguno sin autorización expresa de la Consejería competente
en materia de patrimonio histórico”. Aclarado queda.
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